Constitución de una ONG en Venezuela: Guía Paso a Paso

Respuesta rápida: La constitución de una ONG en Venezuela requiere redactar un acta constitutiva y estatutos, registrarlos ante el Registro Subalterno competente y obtener el Registro de Información Fiscal (RIF). El proceso completo puede tomar entre 30 y 90 días hábiles dependiendo de la jurisdicción y la complejidad del objeto social.

¿Qué es una ONG y qué marco legal la rige en Venezuela?

Una Organización No Gubernamental (ONG) en Venezuela es una persona jurídica sin fines de lucro que actúa de forma independiente del Estado para atender fines sociales, comunitarios, culturales, científicos o humanitarios. Su marco normativo principal incluye:

  • El Código Civil venezolano (artículos 19 y siguientes), que regula las asociaciones civiles y fundaciones.

  • La Ley de Asociaciones Cooperativas (si aplica a la figura elegida).

  • La Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT), que impone obligaciones de registro y reporte a organizaciones sin fines de lucro.

  • Las regulaciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) en materia fiscal.

  • Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación

  • Financiamiento de las Organizaciones no Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro.

Es esencial distinguir entre dos figuras jurídicas: la Asociación Civil (integrada por miembros con derecho a voto) y la Fundación (constituida por un patrimonio afectado a un fin). Ambas son «ONG» en sentido amplio, pero tienen estructuras y requisitos distintos.

¿Qué diferencia a una Asociación Civil de una Fundación en Venezuela?

Característica Asociación Civil Fundación Base constitutiva Personas (socios) Patrimonio (bienes o dinero) Gobierno Asamblea de Socios + Junta Directiva Junta Directiva o Patronato Ingreso de nuevos miembros Sí, según estatutos No aplica (no tiene socios) Modificación de estatutos Por la Asamblea Restringida / judicial en algunos casos Uso más común Comunitario, gremial, cultural Filantrópico, académico, científico

¿Qué errores comunes deben evitarse al constituir una ONG en Venezuela?

  • Objeto social demasiado amplio o genérico: dificulta el registro y genera conflictos interpretativos.

  • No prever el régimen de disolución: exigido legalmente y crítico para la gobernanza.

  • Ignorar las obligaciones LOCDOFT: puede acarrear sanciones administrativas y penales.

  • No designar un oficial de cumplimiento: incumplimiento regulatorio desde el inicio.

  • Estatutos copiados sin adaptación: generan incongruencias entre la figura elegida y la operación real.

Estas situaciones pueden derivar en conflictos graves. Si tu organización ya enfrenta un litigio relacionado, consulta nuestra guía sobre litigio en materia penal en Venezuela para entender las implicaciones legales.

¿Cómo se relaciona la constitución de una ONG con el derecho corporativo venezolano?

Aunque las ONG no persiguen fines de lucro, su estructura jurídica comparte elementos esenciales con el derecho corporativo: actas de asamblea, modificaciones estatutarias, aumento o disminución de patrimonio, y gobierno organizacional. Por eso, la experiencia en derecho corporativo y M&A en Venezuela es especialmente valiosa al constituir y gestionar estas organizaciones. Igualmente, la constitución de compañías y el compliance corporativo comparten muchos principios aplicables al sector no lucrativo.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas personas se necesitan para fundar una ONG en Venezuela?

Para una Asociación Civil se recomienda un mínimo de tres personas naturales o jurídicas. Para una Fundación puede bastar con una sola persona (natural o jurídica) que aporte el patrimonio fundacional, aunque la práctica recomienda una junta directiva de al menos tres miembros.

¿Las ONG en Venezuela pagan impuestos?

Las organizaciones sin fines de lucro pueden estar exentas del Impuesto sobre la Renta (ISLR) sobre sus actividades propias, pero deben inscribirse en el SENIAT, obtener el RIF y cumplir con obligaciones tributarias formales como la declaración anual. Las actividades lucrativas conexas sí pueden estar gravadas.

¿Qué es el registro LOCDOFT y es obligatorio para las ONG?

Sí. Bajo la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, las organizaciones sin fines de lucro son sujetos obligados y deben registrarse ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), implementar políticas antilavado y reportar operaciones sospechosas.

¿Puede una ONG venezolana recibir fondos del exterior?

Sí, pero debe cumplir con las normativas cambiarias del Banco Central de Venezuela, las obligaciones de la LOCDOFT respecto al origen de fondos y, en algunos casos, reportar ante la UIF. Es imprescindible contar con asesoría legal especializada para estructurar correctamente la recepción de donaciones internacionales.

En Odreman y Asociados acompañamos a organizaciones sin fines de lucro en cada etapa de su constitución y operación legal en Venezuela. Si estás pensando en constituir una ONG o necesitas revisar tu estructura jurídica actual, contáctanos para una consulta inicial con nuestro equipo especializado.

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