Jurisdiccion penal - It's Over 9000!

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El pasado, 26 de enero del año 2023, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), estableció mediante Sentencia Nro. 007 que, la jurisdicción penal se considera competente para el juzgamiento del delito de invasión o perturbación de la posesión pacífica.

En ese sentido, se describe a continuación los aspectos más destacados de dicha sentencia:

1. La Magistrada Ponente es Elsa Gómez Moreno.

2. El proceso inició de acuerdo a una denuncia ante el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Barinas por la presunta comisión del delito de perturbación de la posesión pacífica de un lote de terreno.

3. El Tribunal Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, declinó la competencia del caso en razón de que “existe un conflicto meramente agrario entre el acusado y la víctima que se disputan un terreno, ambos acreditándose la cualidad de propietarios y poseedores legales del predio”.

4. La Sala considera que, la naturaleza jurídica de la presente causa no versa sobre materia agraria, debido a que no se evidencia en actas procesales que en el lote de terreno objeto de este proceso se esté desarrollando actividad agrícola alguna, ya que por el contrario, solo se evidencia la adquisición de un lote de terreno de propiedad privada.

5. En definitiva, la Sala declaró competente la jurisdicción penal para el juzgamiento del delito de perturbación de la posesión pacífica prevista en el artículo 471-A y 472 del Código Penal venezolano, cuando la naturaleza jurídica no verse sobre la actividad agrícola.

Para mayor información: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/tplen/enero/322326-7-26123-2023-2018-000051.HTML