Brindamos asesoría legal especializada en Venezuela para el manejo de enfermedades ocupacionales. Apoyamos a empresas y profesionales en el reconocimiento de derechos, procesos de indemnización y prevención de responsabilidades conforme a la LOPCYMAT.
Las enfermedades ocupacionales son afecciones de salud causadas o agravadas por la exposición continuada del trabajador a condiciones del ambiente laboral (agentes químicos, biológicos, físicos, ergonómicos o psicosociales). En Venezuela, están protegidas por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT). En Odreman & Asociados brindamos asesoría legal experta para el reconocimiento de derecho, indemnización y responsabilidad penal o civil del empleador.
Según el Artículo 70 de la LOPCYMAT, “se entiende por enfermedad ocupacional los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes.”
Además de nuestra asesoría directa, ponemos a disposición de nuestros clientes materiales de apoyo que profundizan en estas materias. Entre ellos destacamos:
Estos recursos forman parte de nuestro compromiso por educar, prevenir y brindar herramientas útiles a quienes buscan estar preparados ante cualquier escenario legal.
Con 17 años de experiencia, Odreman & Asociados es un bufete de abogados comprometido con brindar asesoría legal integral a empresas y directivos. Nuestro equipo combina experiencia, visión estratégica y un enfoque preventivo para proteger los intereses de nuestros clientes y fortalecer su reputación corporativa
Diagnóstico médico, petición de calificación ocupacional, denuncia del caso, asesoría legal para prestaciones.
El trabajador afectado, sus familiares (cuando es aplicable), sindicato, Comité de Seguridad y Salud o INPSASEL.
El empleador tiene responsabilidad objetiva o subjetiva, según incumpla normativas de seguridad, protección, prevención de riesgos laborales.
El accidente es un suceso repentino con daño inmediato; la enfermedad ocupacional se desarrolla con el tiempo por exposición constante a riesgos del ambiente de trabajo.
(+58) 212-232.01.67
asistencia@odremanyasociados.com
Ciudad Center, Torre E, piso 9. Urb. Boleíta Norte, Caracas
Contáctanos – Estamos listos para asesorarte y ofrecerte soluciones efectivas.




















